Predios fiscales ocupados por más de 10 años serán titulados gratuitamente

Con el objetivo de garantizar a los hogares caleños la posibilidad de asegurar su patrimonio, la Secretaría de Vivienda de Cali convoca a los ciudadanos de las comunas 6, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 21 a iniciar el proceso de titulación gratuita acogiéndose al proyecto de acuerdo aprobado por el Concejo Distrital en la vigencia 2020.  

Al respecto, Martha Liliana Hernández, titular de la cartera de Vivienda, afirmó: “Desde la Alcaldía de Cali continuamos trabajando para que más hogares logren convertirse en legítimos propietarios del espacio donde habitan. Para nosotros es importante avanzar con estos procesos y aplicar mecanismos que mejoren la vida de nuestros ciudadanos”.

Entre los sectores y barrios que podrán acceder al beneficio se encuentran: Paso del Comercio, San Luis II, Petecuy I, II y III, Los Pinos, Puerto Mallarino, Municipal, La Floresta, Villa Nueva, Villa Colombia, La Base, Santo Domingo, San Judas, Guabal, San Carlos, San Martín, Quiroga, San Pedro, El Rodeo, Barberena, Eduardo Santos, Urbanización Villa Nueva, Charco Azul, Lleras Restrepo, Villablanca, El Pondaje, Rodrigo Lara Bonilla, Poblado I y II, El Vergel, Quintas del Sol, Puertas del Sol IV, V, VI y VII, El Vallado, El Retiro, Mojica I y II, Desepaz Invicali, La Pradera, Pizamos I, II y III, La Ceiba.

Para acceder al beneficio se debe cumplir con una serie de condiciones que facilitarán la adquisición de la titularidad; entre las principales se destaca haber habitado por más de 10 años el predio fiscal.

Condiciones del predio

• Debe ser propiedad del Distrito de Santiago de Cali.

• No podrá ser un bien de uso público destinado a salud y/o educación.

• No encontrarse en zonas de riesgo, conservación o protección ambiental.

• Debe contar con mejoras y/o construcciones con destinación habitacional para el grupo familiar.

Requisitos para los habitantes

• No ser propietarios de una vivienda o lote en el territorio nacional.

• No ser beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda.

• No ser beneficiario de las coberturas de tasa de interés.

• El beneficiario deberá asumir y acreditar el pago del Impuesto predial

Los interesados podrán acercarse a la Secretaría de Vivienda, ubicada en la Avenida 5ª Norte # 20 – 08 para iniciar el proceso.

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