Lista regulación de publicidad exterior con miras a elecciones

A través del Decreto No 1012 del 13 de diciembre de 2021, la Alcaldía de Cali reguló la forma, características, lugares y condiciones para la fijación de la publicidad exterior visual destinada a difundir la propaganda electoral para las elecciones del 13 de Marzo de 2022.

En este sentido, cada partido y movimiento político puede instalar su propaganda hasta en un máximo de 30 vallas las cuales no deben poseer áreas menores a 8 metros cuadrados, ni superiores a 48,  y que estas deben tener Registro expedido por el Departamento Administrativo de Planeación Municipal, afirmó Roy Alejandro Barreras Cortés Director del Organismo.

Asimismo, se permitirá la instalación de un solo aviso por fachada en la sede de la campaña, que deberá cumplir con todas las condiciones generales para su instalación.

En cuanto a la publicidad móvil, el acto administrativo, establece que ésta tendrá que ir en vehículos exclusivos con plataforma de uso exclusivo para el porte de la misma, y también en vehículos particulares.

Lugares como especies arbóreas, postes de apoyo a las redes eléctricas y telefónicas, puentes, torres eléctricas, corredores del MIO y zonas determinadas como espacio público, entre otros, están totalmente prohibidos para la colocación de este tipo de publicidad.

Por último, la Administración Municipal recuerda que no se puede efectuar propaganda electoral a través de pasacalles, pendones o portapendones adheridos a estructuras o sostenidos por personas.
Toda la propaganda electoral debe ser retirada dentro de las 48 horas siguientes a la finalización de las elecciones, a su vez se recomienda a todos los candidatos  que van a participar de la contienda electoral del año  2022 que se abstengan de pautar en publicidad no permitida que pueden ocasionarles diferentes sanciones.

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