Contribuyentes caleños podrán presentar y pagar sus obligaciones tributarias a partir del 10 de enero

Desde el Departamento Administrativo de Hacienda Distrital se emitió la Resolución No. 4131.040.21.1.0001, del 2 de enero de 2024, que establece una nueva contingencia debido a las fallas presentadas en la plataforma tecnológica.

Dichas falencias han afectado la declaración de los impuestos de Industria y Comercio (ICA), Retención en la Fuente por ICA (Reteica), la Contribución Especial, la Estampilla Procultura, los agentes recaudadores de Espectáculos Públicos, la Tasa Prodeporte y Recreación y los recibos para el traslado de los recursos retenidos de las estampillas Pro Desarrollo Urbano y para el Bienestar del Adulto Mayor, entre otras rentas de causación instantánea.

“En colaboración con el Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones-Datic, estamos comprometidos en la parametrización y el restablecimiento de la normalidad en nuestro servicio. Confiamos en que a partir del 9 de enero de 2024, la plataforma funcionará con total normalidad”, informó la subdirectora de Impuestos y Rentas, Karen Lorena Hernández Bustos.

Entendiendo la importancia del asunto para los contribuyentes, la funcionaria agregó que se podrán realizar las declaraciones de impuestos correspondientes a los vencimientos de noviembre y diciembre de 2023, hasta el día 10 de enero de 2024. “Durante este periodo, no se aplicarán las sanciones por extemporaneidad y mora establecidas en los artículos 261 y 257 del Decreto Extraordinario No. 4112.010.20.0416 de 2021. Esta medida busca garantizar que ningún contribuyente sea afectado adversamente por las fallas técnicas”, precisó.

Finalmente, la subdirectora de Impuestos y Rentas agradeció la comprensión y paciencia durante este tiempo. “Su colaboración y compromiso con los deberes fiscales son fundamentales para el desarrollo y bienestar de nuestra comunidad. Juntos superaremos estos retos y seguiremos construyendo un Cali más fuerte y próspera”, concluyó Hernández Bustos.

Adjuntamos Resolución No. 4131.040.21.1.0001 del 2 de enero de 2024.

 

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