La DIAN reitera que el Registro Único Tributario es indefinido y no se exige su renovación

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recalcó que la vigencia de la inscripción al Registro Único Tributario (RUT) es indefinida y no se exige su renovación, tal y como está contemplado en el artículo 1.6.1.2.7.del decreto 1625

​• La persona inscrita únicamente debe realizar la actualización si presenta alguna modificación o adición en los datos que consignó originalmente en el registro.

• Las empresas o entidades no deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61, en su defecto, pueden verificar la fecha de generación del PDF del documento la cual se visualiza en la parte derecha del pie de página del formulario.

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