Presentan moción de censura contra el ministro de Defensa Diego Molano

Foto> Mindefensa

Los senadores Iván Cepeda y Wilson Arias, con el apoyo de otros 16 congresistas, radicaron una proposición de debate de moción de censura contra el ministro de Defensa, Diego Molano Aponte.

Entre las motivaciones para esta moción, se expone que hubo violación de derechos humanos por parte de agentes de la Policía Nacional y las Fuerzas Militares. “A raíz del anuncio gubernamental de un nuevo proyecto de reforma tributaria regresiva, organizaciones sociales, sindicales, campesinas, de derechos humanos y la ciudadanía en general convocaron a una jornada de Paro Nacional a desarrollarse a partir del 28 de abril del presente año.Dicha convocatoria se produjo en un contexto de insatisfacción general por el mal manejo gubernamental de la pandemia covid-19, el incremento de la pobreza, el desempleo y en general, el deterioro de las condiciones sanitarias y de vida de la población”, señala la misiva que fue radicada ante el Congreso de la República.

Ante estos trinos, los senadores aseguraron que, “la ciudadanía que de ninguna manera puede ser tildada de terrorista como ha indicado el ministro, se ha visto afectada por cortes de energía, se deja a oscuras a la población lo que ocasiona que se sienta aún más desprotegida, generando así terror colectivo, todo lo contrario a las funciones constitucionales y legales de esta cartera”.

Entre los senadores que firman la iniciativa están Antonio Sanguino, Aída Avella, Gustavo Bolívar y otros que pertenecen a partidos de oposición.

La moción de censura está contemplada en el numeral 9 del artículo 135 de la Constitución Política y se puede aplicar sobre ministros, superintendentes y directores de departamentos administrativos por parte del Senado y Cámara de Representantes.

El recurso puede solicitarse por dos razones: la primera, por asuntos relacionados con funciones propias del cargo; y la segunda, por desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso.

La moción de censura, si hubiere lugar a ella, deberá proponerla por lo menos la décima parte de los miembros que componen la respectiva Cámara (Senado o Cámara de Representantes).

La votación se hará entre el tercero y el décimo día siguientes a la terminación del debate de control político, con audiencia pública del funcionario respectivo.Su aprobación requerirá el voto afirmativo de la mitad más uno de los integrantes de la Cámara que la haya propuesto. Una vez aprobada, el funcionario quedará separado de su cargo.

Si fuere rechazada, no podrá presentarse otra sobre la misma materia a menos que la motiven hechos nuevos.

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