Comité Olímpico Internacional se pronuncia sobre la elección a la presidencia del COP

Damaris Young

El Comité Olímpico Internacional (COI) mediante misiva ha notificado al Comité Olímpico de Panamá que “los votos en blanco no deben ser contados como votos válidamente emitidos”, el contenido total de esta misiva del COI ha sido formalmente enviada a los tres (3) miembros de la Comisión Electoral Independiente, cabe destacar que conforme se desprende del artículo 2.3 del Estatuto del COP “El Comité Olímpico de Panamá, debe en todo momento, cumplir con la Carta Olímpica a la cual debe referirse expresamente. Si existen dudas al respecto del significado y/o interpretación de estos Estatutos, o si existe contradicción entre estos Estatutos y la Carta Olímpica, prevalecerá esta última.”

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